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Deduciones fiscales
Deducciones a particulares
Existen deducciones fiscales por donativos a Fundaciones y ONG ,que pueden ir del 40% al 80% ,en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Real decreto-ley 6/2023, de 19 de Diciembre.
De los primeros 250€ que dones, te deduces 200€. (el 80% de 250€ donados).
Lo que exceda de 250€ tiene una deducción del 40%.
DEDUCIBLES DE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.
La cantidad deducible aparece en el borrador de datos fiscales, al rellenar el impreso de Renta..
Empresas y otras Entidades
En el caso de personas jurídicas, se modifica el artículo 20 de
la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, incrementándose el porcentaje de
deducción en el Impuesto sobre Sociedades, que pasa del 35 al 40 %-.
Además, se reduce de 4 a 3 años el número de ejercicios
durante los cuales el donante o aportante debe realizar donativos a una
misma entidad por importe igual o superior a los del ejercicio
inmediato anterior, con el fin de acceder al incremento de 10 puntos en
el porcentaje de deducción, porcentaje que se incrementa del 40 % al 50 %.
Finalmente, se incrementa en cinco puntos porcentuales, pasando del 10 al 15 %, el límite que opera sobre la base imponible del período, a efectos de determinar la base de la deducción.